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Paulina Astroza

Paulina Astroza
@PaulinaAstrozaS

Sep 23, 2022
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He escuchado y leído esto de “ceder soberanía” por celebrar un tratado internacional y quiero hacer algunos comentarios desde el Derecho Internacional 🧵 🪡

🚫NO AL TPP11🚫 Explicamos por qué estamos en contra de este tratado que cede soberanía nacional y cómo frenar su discusión en el senado👇🏾 #NoAlTPP11
1. La "soberanía" podemos entenderla como la capacidad de autogobernarse en lo interno y ser independiente en lo externo. En el ejercicio de esa soberanía, los Estados tienen la facultad de celebrar tratados internacionales. Por lo tanto, es por ser soberanos que nos vinculamos
2. Cuando se celebran tratados internacionales (voy a hablar sólo de los formales) existen normas y principios que los regulan y están en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969. Uno de ellos es el libre consentimiento en obligarse por un tratado
3. Por ello hay etapas donde las partes ponen sus intereses sobre la mesa y buscan un fin con el tratado. Por eso que los tratados tienen un "objeto y fin", que es el núcleo sobre el que se da el consentimiento y sirve para su interpretación y aplicación
4. Las etapas son negociación, adopción, firma (regla general), aprobación interna (aprobación por Congreso Nacional en caso de Chile), ratificación que es la manifestación del consentimiento del Estado en obligarse por el tratado y para que éste sea obligatorio para el Estado
5. Esta ratificación puede ser puesta en conocimiento de la o las otras partes a través del canje, notificación o depósito del instrumento de ratificación. El tratado entra en vigor según norma expresa que tenga el tratado o, si no hay, cuando todos los Estados hayan ratificado
6. El celebrar un tratado ES EJERCICIO DE LA SOBERANÍA DEL ESTADO, e implica límites a esta soberanía por el pacta sunt servanda -lo pactado obliga-. Surgen derechos y obligaciones libremente aceptadas por los Estado por un objeto y fin que comparten, que estiman beneficioso
7. Hay tratados que ceden el EJERCICIO DE PARTE DE LA SOBERANÍA (no se puede ceder TODA la soberanía porque se dejaría de ser Estado. Tiene 3 requisitos esenciales: territorio, población y poder soberano). Es el caso de la UE y sus tratados constitutivos
8. En todos los tratados surgen obligaciones que por cierto limitan la soberanía pero esto se hace porque en la etapa de la negociación y adopción del texto se llegó a un acuerdo en que todas las partes estiman que ganan más que pierden
9. En el TPP11 o CPTPP, Chile estuvo de acuerdo con el texto y lo manifestó en la adopción y los firmó en 2018 cuando era Presidenta @Michelle Bachelet y Ministro de RREE @Heraldo Muñoz. Luego vino la etapa de aprobación interna y la Cámara de Diputadas y Diputados lo aprobó
10. Lo que queda es la aprobación del Senado para que luego sea ratificado por el Presidente de la República y entre en vigor para Chile. El TPP11 está ya en vigor internacional para los países que han hecho todos estos trámites y esto ocurrió en diciembre de 2018
11. Otros Estados, que no fueron negociadores, están pidiendo ser parte. Eso se hace a través de un trámite que se llama ADHESIÓN. Es el caso de las peticiones de Costa Rica, Ecuador, Uruguay, Reino Unido. Quieren entrar al TPP11. Perú y México YA SON PARTE DEL TPP11
12. Para resolver las controversias los Estados deben buscar mecanismos que normalmente están en los propios tratados. Existen dos principios que rigen esta materia: la prohibición del uso o amenaza del uso de la fuerza y la obligación de solucionarlo pacíficamente
13. Capítulo V de la Carta de la ONU entrega varios mecanismos de solución de controversias. No se los impone a los Estados, no les da un orden ni prelación. Son los Estados SOBERANAMENTE los que eligen cómo resolverlo. Esto ocurre en el TP11 y muchísimos tratados
Fin
#Bonus Saben por qué China echó pie atrás a querer entrar al CPTPP pese a que éste fue concebido por Obama para contrarrestar su influencia en el 🌍? Por las normas ambientales del tratado! Consideraron que eran muy exigentes para cumplirlas. Y aquí sostienen q' no protege el MA
PERO... ante emergencia climática que afecta a la propia China, a beneficios del CPTPP y a lo que significa en materia comercial este bloque, China presentó su solicitud de adhesión al Tratado!!!!! Pero aquí esta señorita abogada quiere que el Presidente @Gabriel Boric Font lo retire
Las normas sobre Adhesión acordadas en el CPTPP indican que los aspirantes deben cumplir en su integridad todas las disciplinas. OJO ahí! Esto incluye a China, UK, etc
El fin y objeto del tratado es, a diferencia de lo señalado por la abogada, negociar las condiciones de acceso a mercados y no favorecer a las multinacionales como se viene repitiendo majaderamente hace años
Si no, cómo explicarían esto? Podrían preguntarle a @Jacinda Ardern o @Justin Trudeau
Debe considerarse que TPP-11 no es un acuerdo medio ambiental, es un acuerdo comercial y, por ende, uno de los principios fundamentales del Tratado en este ámbito es el mutuo apoyo entre la liberalización comercial y la protección del medio ambiente
Artículo 20.3: Compromisos Generales: 1. Las Partes reconocen la importancia de políticas y prácticas comerciales y ambientales que se apoyen mutuamente para mejorar la protección ambiental en el fomento al desarrollo sostenible.
"Se reconoce el derecho soberano de las partes por establecer sus propios niveles de protección ambiental interna y sus propias prioridades ambientales, así como a establecer, adoptar, o modificar sus leyes y políticas ambientales consecuentemente". Se les olvida esto a varios
Recomiendo esta página subrei.gob.cl/acuerdos-comer…
subrei.gob.cl/acuerdos-comer… Aquí está el texto. Pueden leerlo 👇
Paulina Astroza

Paulina Astroza

@PaulinaAstrozaS
Abogada. Prof. de Derecho Internacional y RRII #UdeC. Dra. en Ciencias Políticas y Sociales (RRII), @uclouvain_be, Bélgica. Cátedra Jean Monnet de la UE
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